COFEPRIS: Nuevos requisitos para los centros
Desde enero 2016 la COFEPRIS ha descubierto una gran cantidad de prestadores de servicios de cirugía estética que no contaban con la autorización sanitaria ni el aviso de publicidad adecuados. En la primera mitad del año revisando 2,083 clínicas, 324 presentaban anomalías y decidieron suspender 227; un gran número en comparación al año pasado solo se revisaron 1,573 clínicas y suspendieron 172.
Esta acción tiene la finalidad de proteger la salud, el bienestar físico y mental de las personas que se someten a procedimientos estéticos y quirúrgicos. Es importante que siempre sean con especialistas y con experiencia en el tema. La COFEPRIS menciona que muchos no cuentan con la autorización sanitaria para realizar los tratamientos que promocionan, que las condiciones sanitarias no son las adecuadas, que el personal no es profesional de la salud, incluso que algunos cirujanos plásticos no contaban con la cédula, certificados o recertificaciones. Otros aspectos que detalla es el uso de medicamentos caducados, equipo médico sin registro sanitario, falta de documentación o un quirófano.
Los tratamientos más demandados y realizados son en los centros clausurados en abdominoplastia, blefaroplastia, implantes de busto, reducción de mamas, mastopexia, lifting corporal, peeling, lipoescultura, liposucción, rellenos inyectables y dietas para bajar de peso de forma acelerada. Normalmente son precios muy bajos y accesibles y sin internar al paciente.
Por este motivo, a partir de este año es obligatorio que los centros médicos, en este caso de medicina estética y cirugía plástica, cuenten además con las certificaciones correspondientes de la AMCPER (Asociación Mexicana de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva), CMCPER (Consejo Mexicano de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva), Licencia Sanitaria, ahora deben contar con el Aviso de Publicidad de parte de COFEPRIS.
Es un trámite sencillo y gratuito, con una duración máxima de 2 semanas, que todos los médicos y centros estéticos deben de realizar para dar legalidad a su trabajo. Al iniciar el trámite ya se está amparado. Es de carácter obligatorio y además evitará multas de más de $35,000mxn, el cierre del consultorio o incluso la retirada del permiso para ejercer.
Para más información, es importante leer el Reglamento de la ley general de salud en materia de publicidad de la COFEPRIS con atención especial al Art. 80 que detalla cómo llevar a cabo el trámite de Aviso de Publicidad.